Los integrantes de la LIV Legislatura aprobaron también modificaciones tendientes a armonizar la Ley de Salud.
Este jueves en sesión ordinaria, el pleno del Congreso del Estado aprobó adiciones al Código Penal del Estado de Morelos para proteger a la mujer en materia patrimonial, así como reformas para armonizar la Ley de Salud.
En primer término, los miembros de la LIV Legislatura avalaron la reforma que integra el Capítulo I TER denominado “Fraude al Patrimonio Familiar” y un artículo 202 Sextus al Código Penal para el Estado de Morelos, parte de la falta de una figura jurídica punitiva que regule el derecho patrimonial de las mujeres
El ajuste al marco jurídico tiene como finalidad garantizar y proteger los derechos de la mujer sobre los bienes patrimoniales adquiridos durante la unión sentimental y jurídica, así como busca combatir las situaciones fácticas de discriminación que afectan a la mujer.
En la discusión del dictamen, al hablar a favor del mismo, la diputada Rosalina Mazari Espín, coordinadora de la Fracción Parlamentaria del PRI, destacó que la violencia en contra de las mujeres se manifiesta desde varias aristas, se vuelve un problema endémico y sistémico y es sin duda el cáncer social más agresivo, en donde las políticas públicas de prevención surtirán efectos si las políticas correctivas llegan finalmente a la sanción.
Indicó que esta iniciativa armoniza la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos en su artículo 24, fracción IV, que define a la violencia patrimonial como cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de las mujeres, y aunque esa Ley se aprobó en 2007, esta violencia no había sido tipificada en nuestro Código Penal.
El dictamen considera que, durante y después de las relaciones en concubinato y matrimonio, la mujer sufre violencia patrimonial, pues al separarse la responsabilidad y atención económica en el cuidado de los hijos recae en ella.
La adición en el Capítulo I TER “Fraude al Patrimonio Familiar” señala en el artículo 202 Sextus: A quien, en detrimento de la sociedad conyugal o patrimonio común generado durante el matrimonio o el concubinato, oculte, transfiera o adquiera a nombre de terceros bienes, se le aplicará sanción de uno a cinco años de prisión y de trescientos a quinientos días multa.
Por otra parte, los diputados aprobaron la armonización a la Ley de Salud del Estado de Morelos con relación a remisiones vinculadas a las leyes Orgánica de la Administración Pública y de Atención Integral para Personas con Discapacidad, ambas del Estado de Morelos.
La armonización deriva de la función del parlamento en cuanto a la actualización permanente del orden jurídico estatal con el fin de abonar en la certeza y claridad de éste, y con ello garantizar el principio de seguridad jurídica.