David Monroy / Morelos
CUERNAVACA, MOR.- El gobierno de Morelos rechazó que el gobernador Cuauhtémoc Blanco Bravo haya incurrido en irregularidades al
Salir de vacaciones de fin de año, al tiempo que subrayó que por “ministerio de ley”, las ausencias administrativas y legales las cubre el secretario de Gobierno, Pablo Ojeda Cárdenas.
Luego de que este martes la Fiscalía Anticorrupción de Morelos, emplazara oficialmente al secretario Ojeda Cardenas para que mostrara los documentos oficiales, con los plazos legales correspondientes, de que Blanco Bravo había salido de Morelos después de cubrir los procedimientos legales, el gobierno de Morelos consideró que la petición es excesiva y sesgada hacia el tema político.
En un documento pegado en las puertas del Palacio de Gobierno, la Fiscalía Anticorrupción emplazó a Ojeda a cumplir con la entrega de los documentos, de lo contrario aplicaría medidas de apremio, como el arresto y un procedimiento penal.
“La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de Morelos, pretende poner en duda la validez y autenticidad de dicho documento, mediante la instrumentación de una investigación estéril e improcedente, por virtud de la cual ha violentado sistemáticamente el procedimiento y abusado de sus facultades, ello con el evidente ánimo de fabricar delitos inexistentes en perjuicio de diversos funcionarios de la actual administración”, según un boletín emitido.
Mientras en redes sociales hay un debate sobre la legalidad de la acción de Cuauhtémoc Blanco, pero también se cuestiona la utilidad jurídica, incluso la calidad moral de la acción legal, cuando la Fiscalía Anticorrupción tiene decenas de casos graves sin resolver, las autoridades de Morelos insistieron en que el accionar del Fiscal Anticorrupción, Juan Salazar Núñez es anti ético, inmoral, parcial y sesgado, por lo que le exhortó a regresar a la senda de la legalidad y la claridad.
El procedimiento oficial
En el despacho de prensa, el gobierno estatal explicó que “mediante oficio de fecha 14 de diciembre del año que transcurre, el Gobernador Constitucional del Estado de Morelos, Cuauhtémoc Blanco Bravo, instruyó al secretario de Gobierno, Pablo Ojeda Cárdenas para suplirlo durante su ausencia temporal, que comprende del primer minuto del 17 de diciembre del 2021 al último minuto del 02 de enero del 2022”.
“Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57, 63, 70 fracción XXV y 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 6, 9 fracción II y 22 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado Libre y Soberano de Morelos; 9 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno”.
“El oficio referido es un documento público que se encuentra apegado a derecho, pues cumple con los requisitos jurídicos necesarios para su validez, pues fue suscrito por el titular del Poder Ejecutivo y rubricado por el consejero Jurídico, Samuel Sotelo Salgado, además de haberse publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” el 22 de diciembre del año en curso”.
“No obstante lo anterior, bajo la convicción del respeto a la legalidad del lado del Gobierno del Estado, con el ánimo de que se esclarezcan los hechos supuestamente denunciados y que son materia de investigación, el Ejecutivo Estatal en reiteradas ocasiones y por escrito ha proporcionado a la Fiscalía Anticorrupción la información requerida, e incluso ha remitido copias certificadas del oficio de 14 de diciembre de 2021, mismas que cuentan con validez jurídica plena”.
“Ahora bien, y con independencia del contenido del citado oficio suscrito por el titular del Poder Ejecutivo, resulta conveniente señalar que el artículo 63 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos establece que “Las faltas del Gobernador hasta por sesenta días, serán cubiertas por el Secretario de Gobierno”; es decir, el actuar del secretario de Gobierno, Pablo Ojeda Cárdenas en suplencia del Gobernador Constitucional del Estado de Morelos, durante su ausencia temporal, se da por ministerio de ley, pues emana directamente de la Constitución Local y sin necesidad de declaración alguna”.